Préstamos cualificados, ayudas para la rehabilitación de la vivienda

24.08.2010

Es posible que en alguna ocasión te hayas preguntado qué tendrías que hacer para rehabilitar tu vivienda o edificio, y si podrías acceder a las ayudas que ofrecen las comunidades autónomas para este fin. Pues bien, tienes bastante información que consultar, pero intentaremos aquí que te hagas una idea de los requisitos.

En primer lugar es necesario saber qué se entiende por rehabilitación. Según el Ministerio de Vivienda, la rehabilitación de edificios supone la adecuación estructural y funcional de los edificios dedicados a viviendas; y la rehabilitación de viviendas la adecuación de las condiciones de habitabilidad de las viviendas (condiciones mínimas de superficie útil, instalaciones de agua, electricidad, etc; obras para el ahorro o adaptación a la normativa vigente; o ampliación del espacio habitable).

Bien, ya sabes que lo que quieres hacer es efectivamente rehabilitar tu vivienda. ¿Qué requisitos hacen falta para acceder a estas ayudas? Por una parte, los inmuebles tendrán que tener una antigüedad mínima de 15 años por norma general, y ser adecuados estructural y funcionalmente. Los edificios, además, tendrán que tener un mínimo del 60% de su superficie útil dedicada a la vivienda y, si se modifica esta superficie, que no supere nunca los 120 m2.

En cuanto a los destinatarios de las ayudas, tendrán que ser usuarios de los inmuebles (propietarios o arrendatarios), cumplir las condiciones generales para acceder a financiación cualificada, no tener ingresos familiares superiores a 3,5 veces el SMI en el caso de las viviendas o que el 60% de los usuarios tengan ingresos familiares inferiores a 5,5 veces el SMI en el caso de los edificios.

En cuanto a los tipos de ayudas, podrás acceder a préstamos cualificados (totalidad del presupuesto protegido, 20 años de plazo de amortización en edificios, 10 años en viviendas, todos los usuarios podrán tener acceso a estos préstamos aunque no cumplan los requisitos de ingresos familiares en el caso de los edificios).

Además, el Ministerio podrá subsidiar estos préstamos si son para la rehabilitación de edificios, cubriendo un 20% de la cuota del préstamo a arrendatarios y propietarios que cumplan una serie de requisitos de ingresos.

El Ministerio también ofrece distintas subvenciones en ambos casos. Para los edificios, habrá que escoger entre una de las subvenciones o el subsidio. En el caso de las viviendas es compatible.

¿Saturado de información? Ya te avisé de que era mucho. Para entenderlo todo mejor y conocer los detalles exactos de cada ayuda no tienes más que visitar la web del Ministerio de Vivienda. ¡Suerte con la rehabilitación!

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