Préstamos vinculados, morosidad y desempleo
14.08.2009
Conocidas las previsiones de morosidad que los grandes bancos esperan el último trimestre de 2009, donde sitúan la morosidad de los préstamos hipotecarios en el 29% de la tasa global y, habiendo evaluado la medida del gobierno de establece una prestación mensual por 420 euros mientras la tasa de desempleo no baje del 17%, podemos aventurar que el otoño se presenta complicado económicamente.
La falta de liquidez va a seguir siendo una constante, máxime si tenemos en cuenta que el diálogo social necesario para llevar a cabo la reforma laboral recomendada por el Banco Central Europeo y el Banco de España, no parece ir por buen camino.
Nos enfrentamos por lo tanto a un otoño en el que la financiación va a seguir cerrada, más aún, si se cumplen las previsiones de morosidad.
Los salarios van a ser más bajos y las condiciones laborales mucho más precarias. Sin olvidarnos de la destrucción de empleo cuyas previsiones sitúan la tasa de desempleo en el 21% a comienzos de 2010.
Y, el tejido empresarial no tiene muchas salidas; excluido de la prestación por desempleo y con un déficit público astronómico va a ser complicado que puedan acceder a la financiación necesaria para continuar con su actividad y que la Administración Pública tenga fondos suficientes para abonar las facturas pendientes.
Ante este escenario, desde la AEB se insta a revisar y regular nuevamente los intermediarios financieros y las tasas de interés que se aplica sobre la concesión de préstamos y créditos.
La obtención de financiación se perfila como un asunto urgente si el escenario de desempleo, morosidad y déficit público continúa en la espiral actual.
La recomendación pasa por estar especialmente atentos a los servicios contratados a través de préstamos vinculados.
Los préstamos vinculados a pesar de ser una figura absolutamente legal, pueden traer serias complicaciones.
Tenemos casos de cooperativas de viviendas, clínicas de salud buco dental y academias de idiomas, como antecedentes.
Veamos en qué consiste la figura del préstamo vinculado:
Usted acude a contratar un servicio (estudios, salud, etc.) la empresa que presta el servicio tiene contratada a un intermediario financiero que se encarga de la concesión de la financiación.
El intermediario financiero abona la totalidad del servicio a la empresa y se encarga de la gestión del cobro mensual.
La empresa ha cobrado todos los servicios y, si eventualmente, cierra, quiebra o desaparece, usted se queda con toda la deuda ya que la relación contractual la mantiene con el intermediario.
Como siempre la recomendación es acudir a bancos y cajas de ahorros, dentro de los planes contemplados existen muy buenas ofertas de financiación que pueden ayudarle en un momento complicado.
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