![]() |
| prestamospersonales.net El portal de los prestamos personales | |
Anuncios de prestamos
Guía de Créditos al Consumo Prestamos Personales
Terminos Relevantes
Derechos del Cliente
Obligaciones del Cliente
Criterios de Concesión
Capacidad de Endeudamiento
Documentación Requerida
Solicitar servicios online Reunificacion de prestamos
Prestamo personal
Capital privado
Impagos y Morosidad Impagos
Registros de Morosos
Qué es Asnef
Qué es RAI
Cómo salir de un registro
Protección del Consumidor
Ejercicio de derechos
Denunciar ante la AGPD
Direcciones Útiles
Alternativas Factibles Reunificacin de Deudas
Capital privado
Consolidacion de prestamos
Tarjetas Revolving
Sobre las Comisiones Comisiones Bancarias
Tarifas Comisiones
Noticias de Finanzas Noticias de Prestamos
Actualidad Económica
Avisos Banco de Espaa
Archivo de Noticias Octubre 2005
Noviembre 2005
Herramientas y Utilidades Simulador de Prestamos
Legislación Consumo
Información Útil A quien solicitar un prestamo Reclamaciones
Enlaces de Interés
Partners y Colaboradores
|
Noticias de Prestamos Personales Octubre 2005. 24 de Octubre La UE permitirá anular préstamos antes de 14 días desde el contrato Vía | Norte de Castilla La propuesta, de la que quedan excluidas las hipotecas, afectará solo a los créditos inferiores a los 50.000 euros La Comisión Europea parece haber cedido a las presiones del sector financiero al rebajar de forma sustancial las exigencias que contempla el proyecto de directiva que regulará los créditos al consumo, un negocio que mueve más de 500.000 millones de euros al año en el territorio comunitario de la antigua UE de Quince miembros. Eso sí, mantiene dos novedades valoradas por los usuarios de este tipo de préstamos, que en el futuro podrán retractarse de su contratación en un plazo máximo de 14 días desde su firma o amortizarlo por anticipado sin verse penalizado por ello con comisiones abusivas. Aunque la propuesta de Bruselas aún debe atravesar bastantes trámites antes de convertirse en directiva comunitaria, se han salvado los obstáculos más serios planteados desde la patronal bancaria europea y de una parte del Grupo Parlamentario Popular, que ya ha advertido que pedirá más recortes durante la tramitación del texto en la Cámara de Estrasburgo. No ocultan que su objetivo es lograr que solo se aprueben al final unas normas «mínimas» que dejen un amplio margen de maniobra a los diferentes Estados miembros, mientras que la Comisión apuesta por lograr una armonización legal en toda regla. Casi todos admiten que el nuevo proyecto es menos ambicioso que el primero, entre otras cosas, porque reduce de forma notable su margen de actuación, del que se excluyen de forma expresa las hipotecas. Los cambios que se preparan solo afectarán a los créditos inferiores a 50.000 euros (el tope inicial se había fijado en 100.000), si bien se incluirá un régimen específico para los que no superen el montante de 300 euros, aunque los conservadores no ven con buenos ojos esta iniciativa. Controles Desde la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) se argumentaba que el incremento de los controles por parte de Bruselas elevaría los costes que asumen estas entidades, por lo que tendrían que subir sus tipos de interés y comisiones, y ello perjudicaría de forma especial a las familias con rentas más bajas. La prohibición de suscribir préstamos fuera de establecimiento, o la garantía por la sociedad financiadora de los servicios prestados eran sus principales preocupaciones, pero ambas quedan rebajadas en el nuevo texto. Se relajan también las normas sobre información previa al prestatario y responsabilidad de las entidades que conceden créditos por encima de la capacidad de devolución de un cliente, lo que en la práctica favorecerá un endeudamiento mayor. Asimismo, se suavizan los requisitos que se iban a aplicar a los descubiertos ('números rojos') provocados por el uso excesivo de las tarjetas de crédito, materia que ya no se equiparará a los créditos al consumo. Lo que sí se mantiene es el derecho del prestatario a echarse atrás en un margen de dos semanas, sin tener que dar justificación alguna ni pagar penalizaciones. Si lo que pretende es rembolsar el préstamo por anticipado, podrá hacerlo sin sufrir comisiones abusivas. 11 de Octubre Los créditos al consumo no dejan de crecer vía | prestamopersonal.net Diferentes de las tradicionales ventas a plazos de décadas anteriores, los actuales créditos al consumo consisten en la posibilidad que ofrecen muchos establecimientos de contratar un crédito con una entidad financiera en el mismo punto de venta, con objeto, claro está, de adquirir el producto o servicio. La aceptación por parte de los consumidores de este instrumento ha crecido prodigiosamente en los últimos dos años, según informaba recientemente la prensa económica especializada. El Grupo Santander Consumer, una de las principales entidades financieras en préstamos contratados en los comercios, considera que este año puede crecer el crédito al consumo un 15 por ciento en términos globales, si bien matizan que en el propio Santander Consumer el crecimiento ha alcanzado el 40 por ciento en 2004. Las estimaciones son optimistas, pues, y los observadores señalan que, a medio plazo, el 25 por ciento de las compras de determinados productos y servicios llegará a financiarse mediante créditos. Además, la modalidad se ha extendido desde las adquisiciones típicas “a plazos” (electrodomésticos, muebles o bricolaje) a prácticamente cualquier otro segmento comercial. Se puede financiar cualquier cosa o servicio a la venta, aunque los que están apareciendo con más fuerza son las ventas de reparación y mantenimiento de automóviles, reformas y decoración del hogar, pequeñas embarcaciones de recreo, viajes, óptica o, incluso, telefonía móvil, tratamientos estéticos o dentales y operaciones oftalmológicas. Según la Asociación Nacional de Entidades de Financiación (Asnef), en general, en todos los grupos de edad, clases sociales y en ambos sexos, se encuentra una percepción muy positiva de la financiación al consumo. No obstante, hay algunas matizaciones: las mujeres, por término medio, valoran mejor la financiación que los hombres; en cuanto a los grupos de edad, los más mayores tienden a financiar bienes de primera necesidad, especialmente los de línea blanca de electrodomésticos, mientras que los más jóvenes utilizan en mayor medida la financiación al consumo para ocio y moda. Esto hace que los mayores tengan mejor percepción de la utilidad del servicio y satisfacción, mientras que los jóvenes son más exigentes, evalúan peor el servicio recibido y destacan aspectos negativos. Desde el punto de vista de la estrategia comercial, los expertos creen que la financiación al consumo supone un importante valor añadido a la hora de adquirir bienes, tanto en los productos más básicos y necesarios como, desde luego, en los más lúdicos y caprichosos. Esto es debido a que los créditos inmediatizan la compra y permiten culminar el impulso final de la decisión. No faltan, sin embargo, voces que advierten acerca de las consecuencias de una proliferación de estas fórmulas. Fuentes de Adicae (Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros) señalan el riesgo de sobreendeudamiento, y creen que se está fomentando un fuerte consumismo desde las entidades financieras. Recomiendan, en cualquier caso, a los vendedores que informen a sus clientes con absoluta claridad sobre la naturaleza y condiciones de estos préstamos, pues aseguran que hay todavía algunos compradores que creen que están realizando una compra a plazos tradicional, sin saber que están firmando un préstamo con interés. Y más frecuente, hay muchos clientes que, aunque sepan que es un préstamo, desconocen con qué entidad financiera lo han contratado. 11 de Octubre Bruselas cede y reforma la directiva de crédito al consumo La Gaceta de los Negocios Limita el ámbito de aplicación a las operaciones menores a 50.000 euros M. Á. V. / Agencias. Bruselas. La Comisión Europea adoptó ayer una propuesta revisada de la directiva sobre el crédito al consumo, cuyo objetivo es armonizar los derechos de los consumidores en la UE, que recoge muchas de las sugerencias formuladas por la banca. Al mismo tiempo, esta modificación busca la aprobación del proyecto de directiva en el Parlamento Europeo y entre los 25 países mimebros de la UE. La nueva redacción de la futura directiva sobre créditos al consumo concede un margen de maniobra a los Estados miembros para adaptarla a cada situación nacional, garantizando al mismo tiempo la protección del mercado único gracias a una cláusula de “reconocimiento mutuo”. “Este nuevo proyecto maximiza las ventajas para los consumidores y al mismo tiempo reduce el ‘papeleo’ lo máximo posible. Esta directiva permitirá a los consumidores comparar más fácilmente el coste de los créditos, y a las entidades financieras ofrecer créditos más allá de las fronteras”, declaró el comisario de Protección de los Consumidores, Markos Kyprianou. El Ejecutivo comunitario ha consultado a todas las partes interesadas antes de elaborar esta nueva propuesta, cuya redacción inicial fue obra de la anterior Comisión Europea, presidida por Romano Prodi, según informó el portavoz de Protección de los Consumidores, Philip Tod. El principal cambio consiste en limitar el campo de aplicación de la directiva a los créditos al consumo de un montante inferior o igual a 50.000 euros. Los contratos de crédito de montantes inferiores a 300 euros se regirán por un régimen específico de información contratual. Método armonizado El proyecto de directiva contempla un método armonizado de cálculo del coste de los créditos que facilitará la comparación entre varias ofertas aunque sean de países diferentes. El objetivo de la directiva revisada sobre créditos al consumo es aumentar la transparencia respecto a los costes, cláusulas y condiciones de esas operaciones e incrementar los derechos de que disfrutan los consumidores. También enumera la información que la entidad que comercializa el crédito al consumo debe suministrarse al cliente. Además, incluye el derecho del cliente a retractarse del crédito al consumo en un margen de 14 días sin dar ninguna justificación a la entidad y libre de cualquier gasto para el consumidor. La futura directiva, en caso de ser aprobada en su actual redacción, impone la posibilidad de amortización anticipada del crédito al consumo. El cliente también tendrá la opción de anular un contrato de crédito al consumo si decide no adquirir el bien o el servicio al que esa financiación iba asociado. Asimismo, prevé para los contratos de más de 300 euros un régimen específico basado en la información precontractual y contractual de esos créditos. Las actuales normas europeas sobre créditos al consumo, que datan de 1987, ya no tienen vigencia en la práctica, dada la espectacular evolución que ha registrado esta actividad. La ausencia de una normativa común hacía poco menos que imposibles las transacciones transfronterizas y provocaba que el nivel de protección del consumidor fuera diferente en cada Estado miembro de la UE. Según el comisario europeo de Salud y Protección al Consumidor, Markos Kyprianou, esta propuesta reducirá al mínimo la burocracia y facilitará a los consumidores la comparación del coste de los créditos y a la banca la posibilidad de realizar ofertas transfronterizas. 10 de Octubre CE propone método para facilitar la comparación de créditos al consumo EFE La Comisión Europea ha introducido una serie de cambios en su propuesta de directiva para armonizar los créditos al consumo, que incluyen un método para calcular el coste total de estas ofertas y permitir su comparación entre países. El objetivo de la directiva revisada, adoptada hoy, es aumentar la transparencia respecto a los costes, cláusulas y condiciones de esos créditos e incrementar los derechos de que disfrutan los consumidores. La Comisión confía en que los cambios planteados faciliten la adopción de un acuerdo para aprobar esta normativa, que exige la codecisión entre el Parlamento Europeo y el Consejo, indicó en rueda de prensa el portavoz comunitario de Consumo, Philip Tod. Las modificaciones tienen en cuenta las sugerencias realizadas por la Eurocámara en el primer debate sobre la propuesta de directiva que había presentado el Ejecutivo comunitario. La legislación en cuestión cubrirá la mayor parte de las formas modernas de créditos al consumo, aunque dejarán fuera los hipotecarios y los superiores a 50.000 euros. Además, incluye el derecho del prestatario a retractarse en un margen de 14 días sin dar ninguna justificación a la entidad de crédito y libre de cualquier gasto, así como la posibilidad de reembolso anticipado y de anular un contrato cuando se cancele la compra a la que va asociado. Asimismo, prevé para los contratos de más de 300 euros un régimen específico basado en la información precontractual y contractual de esos créditos. Según el portavoz comunitario, los cambios introducidos darán más flexibilidad a los países para adaptar ciertas reglas a su situación nacional, siempre respetando la cláusula de reconocimiento mutuo que se aplica para proteger el mercado interior. Las actuales normas europeas sobre créditos al consumo, que datan de 1987, ya no tienen vigencia, dada la importante evolución en este sector, además de que sólo establecen una regulación mínima, según Bruselas. La ausencia de una normativa común reduce las transacciones transfronterizas y hace que el nivel de protección del consumidor sea diferente en cada Estado miembro. Según el comisario europeo de Salud y Protección al Consumidor, Markos Kyprianou, esta propuesta reducirá al mínimo la burocracia y facilitará a los consumidores la comparación del coste de los créditos y a la industria la posibilidad de realizar ofertas en distintos países. 9 de Octubre El “dinero rápido” seduce a cuatro millones de españoles Las Provincias Digital Financiar un capricho o cualquier gasto inesperado con un préstamo rápido es cada vez más fácil y, también, más llamativo. El éxito de los reclamos de dinero instantáneo ha quedado más que demostrado con la elevada demanda que tienen las denominadas entidades del “crédito rápido”. En los últimos años, financieras como Eurocrédito o Cofidis han experimentado crecimientos de en torno al 30% anuales en captación de nuevos créditos rápidos. Sólo en 2004, las entidades de este sector concedieron en España créditos por valor de 11.706 millones de euros, un 40,7% más que en 2003. Esto supone que el año pasado cerca de 4 millones de españoles contrataron un producto de estas características. La agilidad con la que se conceden este tipo de pequeños préstamos, hasta 6.000 euros, y la libertad de poder utilizar el dinero sin tener que justificar su finalidad son dos de los rasgos que más llaman la atención de estos productos. De ahí que hoy se sitúen como una posible alternativa no sólo para cubrir un gasto inesperado o hacer frente a un problema de iliquidez, como fue su objetivo inicial, sino también para poder financiar un capricho. La filosofía actual de muchos hogares, que se resisten a rebajar su nivel de consumo pese a estar más endeudados, ha ampliado el destino y los clientes potenciales de este tipo de préstamos. De ahí que no sólo las financieras quieran aprovechar el actual “boom” del dinero fácil. En los últimos meses, también grandes entidades, como Banco Popular o SCH, han desembarcado en este segmento con fuerza. Su entrada ha dado solidez y credibilidad a un negocio que hace sólo unos años se miraba con recelo. Elevados intereses Los préstamos instantáneos se presentan como el producto ideal para conseguir dinero de forma rápida: en 24 horas el cliente puede obtener la autorización para obtener el dinero. En otras 48 horas puede recibir la transferencia o el cheque con el capital requerido. Por lo tanto, en unos tres o cuatro días (a veces, antes) se puede disfrutar del dinero. Se trata de pequeños préstamos, entre los 600 y los 6.000 euros, amortizables en periodos máximos de cinco años. Otra de sus características es que se contratan prácticamente sin hacer papeleos. Para poder suscribir un préstamo de este tipo, los documentos que suelen solicitar las entidades son una fotocopia del DNI, la última nómina, un recibo domiciliado en un banco (sólo en ocasiones) y el número de la cuenta corriente en la que se domiciliará el préstamo. No obstante, el rasgo principal y más importante que debe conocer el cliente es el elevado tipo de interés que aplican. Por lo general, los intereses rondan el 20% TAE. Este tipo se suele a veces enmascarar al cliente informándole sólo de intereses o cuotas mensuales. Si se multiplica ese interés mensual (en torno al 1,8%) por doce, se ve la realidad más clara. Antonio Giraldo, director general de Eurocrédito, señala que los elevados tipos de intereses que cobran se deben a las significativas inversiones publicitarias que realizan para promocionar estos productos, sobre todo en televisión. “La tele es uno de nuestros medios aliados para captar clientes. Hacemos fuertes desembolsos de dinero que, en parte, debemos cubrir con los intereses”, comenta. Por lo tanto, la principal diferencia con los préstamos al consumo tradicionales está en el tipo de interés (que en estos últimos es menos de la mitad) y en las gestiones que hay que realizar, más ágiles en los préstamos rápidos. En los créditos al consumo tradicionales incluso hace falta firmar el contrato ante notario. El resultado es que en este tipo de productos, la concesión puede producirse en un plazo de unos quince o veinte días, hasta cuatro veces más que en los préstamos rápidos. Más riesgo Pese a los elevados tipos de interés, habitualmente lo que más valoran los clientes que contratan un crédito instantáneo es la posibilidad de conseguir el dinero rápidamente. No miran el esfuerzo financiero que tendrán que hacer posteriormente para pagarlo. De hecho, las cuotas mensuales que deben pagar son, generalmente, asumibles y los periodos de amortización lo suficientemente amplios como para que el cliente no llegue a sentirse ahogado. No obstante, las entidades reconocen que el riesgo que corren con la comercialización de estos productos es más elevado que el que presentan otros instrumentos, como créditos personales o hipotecas. La tasa de morosidad en este segmento crediticio supera el 2%, mientras que en el negocio hipotecario no llega al 0,5%. De hecho, reconocen que algunos de sus clientes recurren a los préstamos rápidos puesto que las grandes entidades no les conceden más créditos, al considerar que su nivel de endeudamiento es ya demasiado elevado. Además, otros perfiles de clientes destacados de los créditos rápidos son amas de casa e inmigrantes que no están todavía bancarizados y no tienen acceso a los canales tradicionales de financiación. En cuanto a la finalidad de estos productos, desde Santander Consumer aseguran que el destino de estos préstamos es muy variado. “Desde financiar un sofá, una joya, un viaje, hasta arreglar una lavadora o refinanciar otra deuda. Cualquier capricho o gasto inesperado puede financiarse con un préstamo de estas características”, añaden desde esta entidad. Crece la competencia Hace una década, apenas tres entidades operaban de forma significativa en este segmento. Hoy, ya hay más de seis firmas en el segmento de los créditos rápidos. Y las previsiones apuntan que la competencia seguirá creciendo. De momento, junto con Cofidis, Eurocrédito o Banco Sigma, participan de este negocio grandes bancos como Santander, con su Crediágil (comercializado por su filial Santander Consumer), o Banco Popular, con su producto Optiline (que distribuye su filial de internet Bancopopular-e). A ellos se unen, entre otros, Imagine, de ABN Amro. |
|
| prestamospersonales.net El portal de los prestamos personales | |